Interés superior del menor

El interés superior del menor (niño) es un concepto jurídico indeterminado, sobre el que pretenden sustentarse las decisiones que los adultos tomamos en relación a los menores.

En la bibliografía encontramos muchas definiciones de este concepto.

El Catedrático de Derecho procesal de la Universidad de Sevilla, José Martín Ostos, aporta el siguiente concepto: 

"A modo de resumen puede resumirse como aquel principio general inspirador de toda la legislación relativa al menor y que no se concreta en una serie de derechos o garantías particulares, aunque lógicamente también los incluya. Por medio del mismo, el legislador manifiesta su voluntad de aspirar siempre a la consecución del bien superior del menor, por encima de otros intereses con los que pudiera entrar en conflicto".
“En torno al interés superior del menor”
Publicado en Nº XII, año 2012, de la Revista Anuario de Justicia de Menores

Mándanos otras definiciones de este concepto, con las referencias de sus autores y publicación, y elaboraremos un documento que recoja todas ellas para divulgación entre todos los interesados en esta materia.

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