El Comité Europeo de Protección de Datos adopta un Dictamen sobre la verificación de la edad en Internet

 


El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) ha adoptado en reunión plenaria un Dictamen sobre la determinación de la edad para el uso de servicios online que requieren de una edad mínima para poder acceder a ellos. 
Estas directrices han sido impulsadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en el marco de sus acciones para la protección efectiva de la infancia y adolescencia en Internet manteniendo los derechos y libertades de toda la ciudadanía, tanto mayores como menores de edad. 


Agencia española de protección de datos: Decálogo de principios Verificación de edad y protección de personas menores de edad ante contenidos inadecuados

 




Comité de Derechos del Niño: Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Ecuador

El Comité examinó el séptimo informe periódico del Ecuador en sus sesiones 2864ª y 2866ª2 , celebradas los días 23 y 24 de enero de 2025, y aprobó en su 2876ª sesión, que tuvo lugar el 31 de enero de 2025, las observaciones finales al citado informe.

En ellas el CRC, en su párrafo 6 observa con preocupación el retraso en la aprobación de la actualización del Código de la Niñez y Adolescencia, así como las diversas iniciativas legislativas contrarias a la Convención, en particular las relacionadas con la justicia juvenil, recomendando al Ecuador que:

a)      Acelere el proceso de aprobación de leyes con el fin de actualizar el Código de la Niñez y Adolescencia y se asegure de que su contenido se ajuste plenamente a la Convención y a sus Protocolos Facultativos;

b)      Armonice el resto de las leyes relativas a los derechos del niño según proceda;

c)      Realice una evaluación del impacto sobre los derechos del niño de toda propuesta de política, ya sea legislativa, reglamentaria, presupuestaria o de cooperación internacional, y de toda decisión administrativa que afecte a los derechos del niño.

También muestra su preocupación por la violencia de bandas, y en concreto por (párrafo 31):

a)      La creciente sensación de inseguridad, el agravamiento del clima de temor y el incremento de las amenazas y la violencia de bandas;

b)      El aumento de los homicidios de niños;

c)      El impacto sobre los derechos del niño, en particular de los niños indígenas, afroecuatorianos y montubios, de la declaración del estado de excepción y el uso de las fuerzas militares para preservar la seguridad pública.

Recordando su observación general núm. 24 (2019), relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil, el CRC insta al Ecuador a que (párrafo 32):

a)      Aplique un plan integral para prevenir el reclutamiento y la utilización de niños y adolescentes por bandas y grupos de delincuencia organizada, en el que se aborden factores de riesgo como la pobreza, la falta de oportunidades, la violencia en el entorno del niño y la desintegración familiar;

b)      Dé prioridad a las medidas de intervención temprana y refuerce los mecanismos de protección y seguridad en las escuelas, garantizando entornos seguros para el aprendizaje y el desarrollo de los alumnos, sin militarizar los espacios educativos, en particular en las regiones costeras y septentrionales y en los centros de reclusión;

c)      Modifique el Código Orgánico Integral Penal para tipificar el reclutamiento o utilización de niños por bandas o grupos de delincuencia organizada como un delito distinto al de la trata;

d)      Ponga en marcha programas eficaces que ofrezcan a los niños miembros de bandas una vía segura para abandonarlas y reintegrarse en la sociedad;

e)      Vele por que las políticas de seguridad, como el Plan Fénix, se evalúen, actualicen y apliquen respetando plenamente la Convención y sus Protocolos Facultativos.

Respecto a la administración de la justicia juvenil, recordando la observación general núm. 24 (2019), relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil, insta al Estado a que armonice plenamente su sistema de justicia juvenil con la Convención y otras normas y principios internacionales pertinentes, y en particular a que (párrafo 56):

 a)      Dé cumplimiento sin dilación y de forma íntegra a la Resolución núm. 152-2019 del Consejo de la Judicatura a fin de fortalecer el sistema especializado de justicia juvenil, entre otras formas aplicando procedimientos especializados y aumentando el número de juzgados de la niñez y adolescencia, a los que se deben asignar recursos humanos, técnicos y financieros suficientes;

b)      Mantenga la edad mínima de responsabilidad penal en los 14 años;

c)      Derogue toda iniciativa que pretenda que los niños respondan como los adultos por los delitos graves, tales como el secuestro para obtener un rescate, la delincuencia organizada o el terrorismo;

d)      Vele por que se preste asistencia letrada gratuita y especializada a los niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal, desde el inicio de las actuaciones judiciales y durante todo el proceso;

e)      Promueva activamente medidas extrajudiciales, como la derivación y la mediación, para los niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal;

f)       Promueva, siempre que sea posible, que a los niños se les apliquen penas no privativas de la libertad, como la libertad condicional o los trabajos comunitarios, o mecanismos de desjudicialización, y vele por que los niños en contacto con el sistema judicial puedan acceder a servicios de salud y psicosociales;

g)      Se asegure de que solo se recurra a la privación de libertad como medida de último recurso y por el período más breve que proceda, y se revise periódicamente con miras a poner a los niños en libertad;

h)      Vele por que, en las pocas situaciones en que la privación de libertad esté justificada como medida de último recurso, no se recluya a los niños junto con los adultos y por que sus condiciones de reclusión se ajusten a las normas internacionales, en particular en lo que respecta al acceso a la educación y a los servicios de salud.

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