La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en
diciembre de 2011, el Tercer
Protocolo Facultativo de la Convención
sobre los Derechos del Niño, relativo a un procedimiento de comunicaciones por violaciones de los derechos consagrados en la Convención y sus
dos primeros Protocolos Facultativos.
El Protocolo proporciona tres vías para plantear
casos de violación ante el Comité de los Derechos del Niño:
– un procedimiento de comunicaciones que permite a los niños a presentar
denuncias sobre violaciones de sus derechos después de haber agotado todos los
recursos internos disponibles
– la posibilidad de presentar comunicaciones entre Estados
– un procedimiento de investigación por violaciones graves o sistemáticas
de los derechos del niño
Hasta el presente, ocho Estados han ratificado el nuevo Protocolo: Albania, Alemania, Bolivia, España, Gabón, Montenegro, Portugal y Tailandia; 38 otros Estados lo han firmado.
En virtud del artículo 19, el Protocolo Facultativo
entrará en vigor tres meses después de la fecha en que se deposite el décimo
instrumento de ratificación o de adhesión.
Se han tomado varias medidas desde que el texto se
abrió a la firma y ratificación. En particular, el Comité aprobó su Reglamento en relación con el
Protocolo facultativo en su 62º
período de sesiones (14 de enero a 1 de febrero de 2013).
Para facilitar la comprensión de este nuevo instrumento, la Red internacional por los Derechos del Niño (CRIN) publicó una guía que explica los pormenores de este mecanismo de quejas.
Ver
guía (inglés)
La Coalición
Internacional para el Protocolo facultativo publicó
un folleto que
proporciona respuestas a las preguntas más frecuentes sobre este nuevo texto.
Una versión
para niños del Protocolo Facultativo también
está disponible: fue publicada por la Representante Especial del Secretario
General sobre la Violencia contra los Niños en septiembre de 2013.
Ver
versión infantil (inglés)
Coalición Internacional para el Protocolo
facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un
procedimiento de comunicaciones (PFCDN)