“Consideraciones jurídicas y criminológicas
de los antecedentes de un menor de edad a efectos de la suspensión de la
ejecución de una pena”
Por Tomás MONTERO HERNANZ
Publicado en Diario La Ley, Nº 7805, Sección Tribuna, 24
Feb. 2012, Año XXXIII, Editorial LA LEY
Resumen: La suspensión de las
penas privativas de libertad se regula en el CP como alternativa eficaz para el
logro de finalidades de reeducación y reinserción social del delincuente.
Supone dejar en suspenso, en determinados casos, el cumplimiento de las penas
privativas de libertad impuestas cuando el juez o Tribunal sentenciador valoran
como improbable que en el futuro vuelva a cometer nuevos delitos. La valoración
de la peligrosidad criminal, en el caso de personas con trayectoria delictiva
como menores, es el contenido del presente artículo.